La Municipalidad Distrital de Camanti Quince Mil, dentro del marco legal establecido por la Ley General de Salud Ley N° 26842, numerales II y IV del título preliminar de la Ley en mención, señala que la protección de la salud es de interés público. Y es responsabilidad del estado regularla, vigilarla y promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población.
El pasado 11 de marzo del 2020, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, el Gobierno declaró la Emergencia Sanitaria a nivel Nacional posteriormente mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM- Decreto Supremo N° 046-2020-PCM, se decretó el Estado de aislamiento Social Obligatorio y se dictaron las medidas de prevención y control del COVID-19, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID 19, estableciendo que los gobiernos locales adopten medidas preventivas y de control sanitario con el fin de evitar la propagación del COVID-19.
Mediante el Decreto de Urgencia N° 026-2020- se aprobaron medidas adicionales extraordinarias que permitan adoptar las medidas preventivas y de respuesta para reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario de la enfermedad COVID-19.
En ese entender la Municipalidad Distrital de Camanti Quince Mil, mediante Acuerdo de concejo municipal 012-2020-MDC/CM, aprobó la Directiva interna sobre las Medidas de Bioseguridad, Vigilancia, Prevención y Control de Covid-19 en el local Institucional de la comuna local de Camanti. Cumpliendo de esa manera los lineamientos sanitarios establecidos por el Ministerio de Salud y el Poder Ejecutivo.






Por otro lado, el Concejo Municipal, aprobó la Directiva de lineamientos de prevención y control frente a la propagación del COVID-19 PARA EL REINICIO O EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAMANTI.

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